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    21::3::2007

    El copyright de la hemeroteca digital

    tio_cayetano_cantabria_1868

    ¿Cuánto de nuestro pasado nos pertenece? ¿Debe ser la prensa de dominio público? ¿Después de cuántos años?

    La Biblioteca Nacional estrenaba la semana pasada su Hemeroteca Digital en línea, con reliquias como este diario cántabro, El Tío Cayetano, de 1868. Y ahora tengo la duda de si habré incurrido en alguna falta por coger ese pantallazo. Lo explica mejor José Antonio Millán, que recuerda además que esta hemeroteca no es la primera en salir al público. Según él, la Biblioteca Nacional pone a nuestra disposición prensa de hace más de 80 años (que por ley ya sería de dominio público) pero no duda en colocarle un Copyright de la Biblioteca Nacional de España a cada hoja escaneada.

    ¿Contradicción o confusión de términos? El debate sigue por Barrapunto y Documenea, donde algunos comentarios apuntan a que la obra no tiene derechos pero sí el trabajo de digitalización de la misma. En ese caso, ¿no habría sido más coherente una licencia CC puesto que lo que sí son públicos son los dineros empleados?

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    3 comentarios »

    1. Como siempre, una equivocación. Lo único que podemos hacer es insistir en denunciarla.

      comentario por Adolfo Estalella — 21::3::2007 @ 11:10 am

    2. [...] de 75 años y cuyos derechos de autor han expirado) y publicarlo en Internet con copyright, vía Tíscar y Millán. Esto es así porque si bien la obra ha expirado, la edición digital de la obra tiene [...]

      Pingback por La Biblioteca Nacional, abre y cierra el acceso a la cultura « ConTexto — 21::3::2007 @ 11:49 am

    3. Es un asunto jurídico, me parece, en mi modesta opinión. Sin embargo, los derechos de autor, en su origen, no son ni más ni menos que el derecho a cobrar una cantidad de dinero por una obra o un trabajo creativo. Una biblioteca pública, creo, debe tener sus derechos de autor, siempre y cuando no suponga una forma de buscar un beneficio económico. Es un tema polémico porque si yo fuera el descendiente del autor de una publicación del siglo XIX exigiría cobrar los derechos de autor de alguno de mis antepasados, pero volvería al ámbito jurídico, porque los derechos de autor caducan como el yogur.

      comentario por Martín Bolívar — 25::3::2007 @ 1:45 am

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